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Conservación y rehabilitación viviendas
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En esta sección se publican las ayudas y subvenciones que convoca la Diputación de Castellón.
Los trámites relacionados son competencia de la Diputación de Castellón, y no del Ayuntamiento de Peñíscola, por lo que la información que se proporciona es puramente informativa.
Las aclaraciones sobre los trámites y la información contenida en este espacio se proporcionan en la Diputación de Castellón.
Plan Provincial de Conservación y Rehabilitación de Viviendas de la Provincia de Castellón
Objeto de las bases reguladoras
- Regulación de la convocatoria y la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas económicas que la Diputación Provincial de Castellón, a través del Servicio de Promoción Económica y Relaciones Internacionales, podrá otorgar con el fin de colaborar en la financiación de las obras de conservación y rehabilitación de viviendas de la provincia de Castellón, que se realicen durante el año 2016.
- Especialmente, los inmuebles que no tengan las condiciones técnicas o funcionales adecuadas de uso y habitabilidad, accesibilidad, seguridad, salubridad y ornamento público
Ámbito de aplicación
- Financiación de los gastos de conservación y rehabilitación de viviendas que constituyan la vivienda habitual para el propietario, situados en municipios de la provincia de Castellón que cuenten con una población inferior a 20.000 habitantes, siempre y cuando estas actuaciones se ejecuten siguiendo las ordenanzas particulares de las zonas de ordenación urbanística en terreno urbano, o estén ubicadas en suelo urbano/urbanizable y tengan la condición de solar, y no les afecte ningún expediente de infracción urbanística. En cualquier caso, deberán contar con la licencia municipal correspondiente.
Requisitos y beneficiarios
- Aquellas viviendas cuya antigüedad supere los 20 años, desde el certificado final de la obra o desde la fecha de construcción según conste en Registro Público.
- Solo se admitirá una solicitud de subvención por inmueble catastral.
- Podrán ser beneficiarios de las ayudas, la persona física que sea propietario de la vivienda, que resida en la misma y que constituya su vivienda habitual.
- El solicitante deberá estar empadronado en el mismo municipio donde esté situada la vivienda al menos durante 3 de los últimos 10 años.
Bases reguladoras
- Bases reguladoras publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón núm. 18, de 11 de febrero de 2016
Plazo de presentación
- Desde la publicación de la convocatoria en el BOP hasta el 30 de septiembre de 2016
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